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Economía

Sentencian a tres años de cárcel a dos personas por violar precintos de control de Impuestos

El retiro de precintos de clausura está sancionado por el artículo 180 del Código Tributario.
24 de Agosto, 2016
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La Paz, 24 de agosto (ANF).- La jueza Segunda de Instrucción en lo Penal de Santa Cruz, Iris Justiniano, dictó una sentencia de tres años de cárcel en el penal de Palmasola para Shammy M. y Carla M. por violar precintos y otros controles tributarios de una oficina de abogado que funcionaba sin el respectivo Número de Identificación Tributaria (NIT).  

La oficina, ubicada en la calle Quijarro, número 45 de la capital oriental, fue clausurada el 19 de agosto luego de que servidores públicos de la Administración Tributaria evidenciaron que la mencionada actividad funcionaba de manera ilegal. Las personas acusadas, a pesar de la prohibición, retiraron los precintos de clausura motivando la intervención policial y su posterior aprehensión.  

El retiro de precintos de clausura está sancionado por el artículo 180 del Código Tributario referido a la violación de precintos y otros controles tributarios.

Dicho artículo señala que "el  que  para  continuar  su  actividad  o  evitar  controles sobre la  misma,  violara,  rompiera  o  destruyera  precintos  y  demás  medios  de  control (…) será sancionado con pena privativa de libertad de tres (3) a cinco (5) años.
 
/JMC/RPU/



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