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Economía

Proyecto hidroeléctrico Ivirizu es declarado de prioridad nacional

Los estudios preliminares señalan que la hidroeléctrica generará 254 megavatios (MW) de potencia destinados al mercado nacional y a la exportación.
2 de Junio, 2016
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Luis Sánchez, ministro de Hidrocarburos (centro). Foto: Min. Hidrocarburos
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La Paz, 2 de junio (ANF).- El pleno de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que declara de interés y prioridad nacional la ejecución del Proyecto Hidroeléctrico Ivirizu en todas sus etapas, hasta su puesta en operación. Los estudios preliminares señalan que tendrá una generación de potencia de 254 megavatios (MW) destinados al mercado nacional y a la exportación.

El ministro de Hidrocarburos y Energía, Luis Sánchez, señaló que el propósito del proyecto es el de contribuir en el fortalecimiento del pilar energético del país, además de satisfacer la demanda interna de energía eléctrica. Se prevé que la hidroeléctrica genere un importante excedente para la exportación que permitirá al Estado obtener recursos económicos y posicionarse hacia el año 2020 como el “corazón energético de Sudamérica”.

El proyecto se encuentra ubicado en el departamento de Cochabamba, provincia Carrasco, y contempla la construcción de aproximadamente 70 kilómetros de líneas de trasmisión y subestaciones asociadas para distribuir la energía eléctrica, dijo un comunicado de ese Ministerio.

Durante su intervención, Sánchez dijo que el proyecto hidroeléctrico contará con dos centrales, la primera generará 180 MW y la segunda 74 MW. Consideró importante el desarrollo de proyectos de energías renovables y que cada vez existan más proyectos que permitan dejar de lado la generación fósil para dar paso a la generación de energía alternativa, renovable. 

“Actualmente tenemos 75% de generación fósil y 25% de energías renovables. El 2025 será al revés, 75% energías renovables y solo el 25% energía fósil”, aseguró.

El proyecto aprobado por los diputados por unanimidad fue enviado a la Cámara de Senadores para su revisión, y establece en su artículo único que el nivel central del Estado, las entidades territoriales autónomas y las instituciones privadas prestarán el apoyo necesario para la ejecución e implementación de la hidroeléctrica.

/JMC/RPU/

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