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Economía

Nuevo decreto de Evo amplía la frontera petrolera a casi 32 millones de hectáreas

En tan sólo siete años, de 2005 a 2012, se incrementaron de 11 a 98 las áreas reservadas a YPFB.
15 de Noviembre, 2015
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El crecimiento de las áreas reservadas de YPFB. Foto: Cedib.

La Paz, 15 de noviembre (ANF).- El Decreto Supremo 2549, promulgado sin mucha publicidad el 14 de octubre, representa una nueva ofensiva en la ampliación de la frontera petrolera principalmente hacia la Amazonía boliviana y forma parte de un paquete de medidas orientadas a favorecer a las empresas petroleras, con severos impactos en los derechos humanos, la democracia y la economía nacional, alerta el Centro de Documentación e Información Bolivia (Cedib). La frontera se expandiría a casi 32 millones de hectáreas, incluidas las áreas protegidas.

El investigador y especialista en temas referidos a modelos extractivistas del Cedib, Jorge Campanini, en un análisis compartido con ANF, advierte sobre los graves riesgos que conlleva la nueva normativa aprobada por el gabinete ministerial del presidente Evo Morales. 

“Desde hace una década se vienen ampliando continuamente las áreas petroleras. En tan sólo siete años, de 2005 a 2012, se incrementaron de 11 a 98 las áreas reservadas a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB). Esto determinó la existencia, entre estas áreas y los contratos petroleros homologados, de una frontera petrolera que abarcó una superficie de 24.777.543 hectáreas cuadradas”, precisó.

Esta superficie inédita de frontera petrolera en la historia de Bolivia -ya que representa aproximadamente un tercio de la superficie total del país- se perfila como una amenaza de muerte hacia territorios indígenas y áreas protegidas, según Campanini.

Decretos y sus consecuencias

El DS 2549 incrementa las áreas reservadas a YPFB de 98 a 99, lo que aparentemente es poco significativo. Sin embargo, en el análisis en detalle lo que esto representa en superficie es de considerable incremento, señaló el investigador.

“En el Decreto se determina el ingreso de 16 nuevas áreas a la lista previamente existente, además del descarte de un número similar. Con esta medida la nueva frontera hidrocarburífera crecerá hasta las 31 millones 685 mil 190 hectáreas, lo que representa una ampliación de 6 millones 907mil 647 hectáreas”, indicó.

Campanini dijo que la ampliación de la frontera hidrocarburífera se extiende más allá de la Amazonía e incluye a la Chiquitanía y la región próxima al Lago Titicacaca, lo cual consideró desde el punto de vista económico de “irracional”, tomando en cuenta la baja generalizada de los precios de los hidrocarburos, que en tan sólo un año ha supuesto la caída del precio del petróleo en un 49% y del gas entre un 40% y 47% respectivamente.

“Tampoco tiene ningún sentido ampliar los volúmenes extraídos de los megacampos para contrarrestar la caída de los precios, de este modo se acelerará el agotamiento de las reservas”, dijo.

El artículo único del DS 2549 señala textual: modifican los parágrafos I y II del artículo 2 del DS 29130 de 13 de mayo de 2007, modificado por los decretos supremos 29226, del 9 de agosto de 2007, 676 del 20 de octubre de 2010 y 1203 del 18 de abril de 2012.

Quedó aprobado el artículo de este modo: “de conformidad a lo establecido en los artículos 34 y 35 de la Ley de Hidrocarburos 3058 de 17 de mayo de 2005, de Hidrocarburos, se reservan noventa y nueve (99) áreas de interés hidrocarburífero a favor de YPFB, en calidad de áreas reservadas, que se encuentran en zonas tradicionales y zonas no tradicionales, y están definidas por sus vértices en coordenadas de la Proyección Universal y Transversal de Mercator (UTM, PSAD-56)".

El inciso I señala que: las Áreas Reservadas a favor de YPFB, se otorgan, conceden y adjudican a la indicada empresa estatal a objeto de su exploración y explotación por sí misma, asociada con personas de derecho público, en sociedades o bajo el régimen de prestación de servicios. 

En el inciso II se establece que en las Áreas Reservadas a favor de YPFB, que se encuentran en Áreas Protegidas, sitios RAMSAR, sitios arqueológicos y paleontológicos, así como lugares sagrados para las comunidades y pueblos indígena originario campesinos, que tengan valor espiritual como patrimonio de valor histórico u otras áreas reconocidas por su biodiversidad establecidas por autoridad competente, se deberá garantizar el cumplimiento de los Artículos 32, 132 y 133 de la Ley, y normativa ambiental vigente. 

Otros decretos atentatorios a los derechos

Al referirse al DS 2298, que modifica el proceso de consulta a pueblos indígenas afectados por actividades petroleras, Campanini fue enfático al señalar que lo que hace la norma es recortar de manera sustancial el ejercicio de este derecho.

El DS 2195 de otorgación de compensaciones a comunidades afectadas, que nuevamente ven afectados su derecho a un medio ambiente; el DS 2400, que modifica el reglamento ambiental del sector y se flexibiliza aún más para favorecer a los operadores; y finalmente el polémico DS 2366 que apertura las áreas protegidas a la exploración petrolera, son según el Cedib, normas de un paquete orientado a favorecer a las petroleras.

“A todas estas se debe añadir la anunciada Ley de Incentivos que, según declaraciones de autoridades, tendría que estar aprobada hasta fin de año”, señaló.

La Cámara de Diputados aprobó en grande, la Ley de Promoción para la Inversión en Exploración y Explotación Hidrocarburífera que crea un fondo de incentivos para las empresas petroleras.

/JMC/RHC/

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