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Economía

Nuevo Código Tributario entra en vigencia y beneficiará al 3% de los contribuyentes deudores

El ministro de Economía y Finanzas señaló que la norma no tiene el objetivo de recaudar más recursos, pero sí de facilitar a los contribuyentes que ingresaron en mora a regularizar sus deudas impositivas con una disminución de multas e intereses.
1 de julio, 2016 - 15:24
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Luis Arce, ministro de Economía y Finanzas. Foto: ANF
Luis Arce, ministro de Economía y Finanzas. Foto: ANF
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La Paz, 1 de julio (ANF).- El nuevo Código Tributario, con las modificaciones incorporadas en la Ley 812, entra en vigencia desde este viernes, y tendrá como principal objetivo beneficiar al 3% del universo contribuyente que ingresó en mora con sus deudas impositivas. La norma no tiene el propósito de recaudar más recursos.  

Durante una conferencia de prensa, el ministro de Economía y Finanzas, Luis Arce informó que el Presidente promulgó la Ley 812, que incorpora cinco modificaciones al antiguo Código Tributario con el propósito de coadyuvar a los contribuyentes a regularizar sus deudas con el fisco. “Se han bajado las multas e intereses para que se regularicen sus deudas tributarias; se le da algunas ventajas para que se pongan al día”, dijo.

Al ser consultado qué porcentaje del universo contribuyente ingresó en mora con el fisco respondió: “Apenas el 3% de los más de 400 mil contribuyentes están en mora, el 97% paga oportuna y puntualmente sus impuestos, por eso se incorporó en el Código un especial capítulo para los buenos contribuyentes”, dijo al referirse a sorteos mensuales de electrodomésticos para aquellos que no arrastren deudas.

En cuanto a las declaraciones del presidente del Senado, José Alberto “gringo” Gonzáles, en sentido de la nueva ley “sólo beneficiará a los evasores”, el titular de Economía dijo que la norma recogió algunos pedidos de algunos sectores como los gremiales, que lejos de pedir condonación de sus deudas solicitaron facilidades para pagar sus impuestos.

A diferencia de otros códigos tributarios de la región que contemplan la pena de cárcel para los deudores impositivos, Arce dijo que la actual norma flexibiliza las condiciones para ayudar a los contribuyentes a ponerse al día. “Uno puede inferir claramente quienes no verían con buenos ojos que se incorporara la pena de cárcel a la deuda tributaria, yo creo que será en adelante el debate que se hará. La Presidenta de Diputados dijo que ahora nadie va a la cárcel por deuda, se debe hacer un estudio jurídico para discutir”, señaló.

Ventajas 

Según la explicación del Ministro de Economía, los contribuyentes podrán pagar sus deudas sin multas hasta 10 días después de la notificación con la vista de cargo del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) acogiéndose al beneficio del arrepentimiento eficaz.

Durante el periodo de regularización previsto hasta fin de año, los contribuyentes podrán pagar sus deudas con una multa por omisión del pago no mayor al 40% de su deuda y con un interés del 4%.

La ley promulgada reduce también los intereses de la multa. Antes, las tasas eran variables y llegaban hasta un 20%, con la norma vigente las tasas de interés están fijas por periodos entre el 4 y 10%. La tasa de interés al 4% que se aplicará en los primeros cuatro años de mora y se incrementará en dos puntos porcentuales para los siguientes tres años  (6%), y desde el octavo año de mora con un interés del 10% para adelante.

Adicionalmente, la norma establece un periodo de regularización hasta el 31 de diciembre del presente año, para que todos los deudores puedan pagar o solicitar un plan de pagos de sus deudas recalculadas con una tasa de interés única del 4% y una multa por omisión del pago máxima del 40% de su deuda.

/JMC/MVV/