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Economía

Impuestos Nacionales simplifica inactivación del NIT

La simplificación de procedimientos también permitirá la reposición de la Tarjeta de Acceso a la Oficina Virtual.
5 de mayo, 2016 - 18:48
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Oficinas de atención al público del SIN. Foto: SIN
Oficinas de atención al público del SIN. Foto: SIN
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La Paz, 5 de mayo (ANF).- Con el propósito de simplificar y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) modificó los procesos de inactivación del Número de Identificación Tributaria (NIT) y la reposición de la Tarjeta de Acceso a la Oficina Virtual, mediante resolución del 29 de abril.  

La citada disposición administrativa establece que no existe ningún obstáculo para que un contribuyente que hubiera cesado su actividad gravada pueda solicitar la inactivación de su NIT.  

El boletín de prensa del SIN señala que en el caso de personas naturales o empresas unipersonales del Régimen General alcanzadas por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) corresponde la inactivación automática ante la no presentación de Declaraciones Juradas por tres periodos mensuales consecutivos y en el caso del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) por la no presentación por dos trimestres consecutivos.

Sin embargo, es importante aclarar que la inactivación del NIT no exime de las obligaciones asumidas mientras éste estuvo activo.

Por otra parte, se optimizó el proceso de reposición de la Tarjeta de Acceso a la Oficina Virtual y actualmente se debe cumplir un único requisito: el contribuyente que hubiera extraviado su Tarjeta debe aproximarse a la Plataforma de Atención al Contribuyente de la Administración Tributaria, de su ciudad o jurisdicción, y presentar únicamente su cédula de identidad vigente o carnet de extranjería, en el caso de extranjeros, para su renovación.

Las y los servidores públicos de la Administración Tributaria continuarán trabajando para facilitar y otorgar un servicio de calidad al contribuyente, en beneficio de toda la población.

/JMC/